Sentencia contra Alasbarricadas.org

He leído con atención la sentencia de la juez María José Lorena Ochoa Vizcaino en el caso «Alasbarricadas.org» (pdf). Para quienes no estén al corriente, resumo.
En la web alasbarricadas.org hay unos foros. En ellos, unos usuarios abren un hilo para criticar a Ramoncín (que se llama José Ramón Julio Márquez Martínez, según parece… normal que se ponga nombre artístico, «El rey del pollo frito»). Y en ese hilo a la gente se le empieza a ir la olla y le dedican epítetos como «gilipollas, pedante, creído, tocapelotas, farandulero»… y se publica un montaje ofensivo (yo no lo he visto) con su foto. Ramoncín interpone una demanda de protección al honor. Y éste es el juicio.
¿Qué es lo que se debatía? Por un lado si esos contenidos suponían una intromisión en el honor, y por otro la responsabilidad del dueño de la web por dichos contenidos.
La sentencia es (para los que gusten de ello, claro) bastante curiosa. Por un lado, argumenta que el derecho a la información y a la libre expresión y el derecho al honor suelen estar en colisión, y que se suelen primar los primeros salvo excesos. Y que en este caso hay exceso, por lo que efectivamente se estima que se está vulnerando ese derecho. Hasta aquí de acuerdo, porque no es lo mismo publicar que estás en desacuerdo con una persona, o incluso criticar determinados aspectos de su comportamiento, que decir que es una lástima no haber podido «descalabrarle con un pedrolo del vente».
Ahora bien, a partir de aquí vienen en mi opinión los atropellos.
Y es que la jueza argumenta que el propietario de una web es responsable de los contenidos publicados en la misma sólo cuando:
a) Tenga conocimiento de que dichos contenidos son ilícitos o lesionan derechos de terceros y;
b) Cuando teniendo ese conocimiento no actúe de forma diligente para retirar los datos o imposibilitar su acceso
La cuestión es que dice que para tener conocimiento es necesario que un órgano competente dictamine sobre dicha ilicitud (aparte de que pueda haber otros métodos VOLUNTARIOS por parte del prestador del servicio). Y aquí, curiosamente, esta misma sentencia condenatoria es la primera resolución de un órgano competente en la que se dice que esos contenidos son ilícitos. Hasta ahora nadie había fijado la ilicitud de los mismos, por lo que es en este mismo momento cuando el propietario de la web tiene conocimiento efectivo de la ilicitud… por lo tanto no es posible condenarle, en la misma sentencia, por no haber retirado esos contenidos… ¡si hasta este momento ningún órgano competente había dicho que eran ilícitos! Que la web tenga un moderador no es un requerimiento legal. Que un particular te indique que los contenidos son «ilícitos» o que atentan a su honor no es suficiente. Hasta que no lo diga un órgano competente, no hay responsabilidad. ¿Entonces?
Éste es, por lo tanto y desde mi punto de vista, el primer gran agujero de la sentencia.
El segundo ya nace sobre el primero. Y es que dice la sentencia que al no mostrar nombre y domicilio en la web, y al no tener actualizado el registro del whois, se puede deducir que el acusado no estaba actuando «diligentemente» para facilitar la eliminación de los contenidos. Dicen que la dirección de email que figura en la página podría ser suficiente… pero que en el juicio no se han aportado pruebas de que funcione (???????? – digo yo que lo que tendrían que aportarse, por parte de la acusación, son pruebas de que NO FUNCIONA… ¿por qué tengo yo que demostrar que mi email funciona, si nadie lo pone en duda? – surrealista).
En todo caso, este segundo agujero como digo es menos relevante. Porque viene a decir que por culpa de esto no pudieron los representantes de Ramoncín ponerse en contacto para solicitar la retirada… pero es que como hemos visto antes ni Ramoncín ni sus representantes son quiénes para dictaminar sobre la ilicitud de los contenidos, hace falta un órgano competente. Por lo tanto, aunque hubiesen tenido todas las direcciones postales del mundo y esos burofaxes enviados hubieran llegado a su destinatario, no hubiese constituido asunción de responsabilidad ninguna, ni aun cuando se hubiesen dejado los contenidos allí.
Es una sentencia bastante absurda, la verdad, en la que hasta un lego como yo puede ver contradicciones flagrantes. El quid de la cuestión es lo del «órgano competente» que dicte sobre la ilicitud de los contenidos. ¿Es Ramoncín un órgano competente? ¿Sus abogados son un órgano competente? ¿Es el propio responsable de la web, retirando los contenidos cuando tiene conocimiento de la demanda, un órgano competente? Entiendo que no, que un órgano competente es un juzgado.

Otra cosa sería que, una vez que un juzgado declarase esos contenidos como ilícitos, no se pudiesen poner en contacto con el propietario de la web (aunque lo del email… manda huevos), o que éste no retirase los contenidos. Entonces sí incurriría en responsabilidad. Pero aquí no ha pasado eso.
Como para confiar en el sistema judicial.
También habla de ello Antonio Delgado, que por lo que leo llega a similares conclusiones que las mías (mira, un detalle que se me había escapado… lo de aplicarle la ley de servicios para la sociedad de la información y el comercio electrónico a una web que no tiene actividad económica…)

Condiciones Generales de Contratación

Durante la última época que pasé en la otrora gran consultora, francamente venida a menos ya por aquel entonces (y eso sin haber quemado ningún rascacielos… todavía), alguien decidió que las propuestas a los clientes estaban incompletas. Que había que añadirles un poquito de jerga legal. Así que se trajeron a un abogado (que luego fué una máquina de hacer despidos… pero esa es otra historia) encargado de elaborar unas «Condiciones Generales de Contratación».
Las Condiciones Generales de Contratación (en adelante CGC, que me canso de teclear) eran una interminable secuencia de cláusulas que, bien en formato word o bien en formato powerpoint, había que anexar a las propuestas. Llegando el caso de que igual tu propuesta eran cinco folios, y el anexo con las CGC eran 15… ¿Y qué regulaban? Pues lo típico de las cláusulas: «el cliente se compromete a blah, blah, blah… y se dedicarán los recursos establecidos en blah, blah, blah…y en caso de incumplimiento blah, blah, blah… y se realizará con un preaviso de blah, blah, blah… y se comprometen a guardar confidencialidad sobre blah, blah, blah… »
Cada pocas semanas, aparecía una nueva versión de las CGC. ¡Ojo con no meter la versión que correspondía! Pero claro, luego era un cachondeo… porque cada encargado de una propuesta cogía el lápiz y empezaba «yo esto a mi cliente no se lo pongo… esto es una barbaridad… » con lo cual cada propuesta iba con unas CGC completamente personalizadas, lo cual intuyo que no era el objetivo de toda esta jugada.
Siempre he pensado que las propuestas y los contratos, en el mundo de la consultoría, son más bien «declaraciones de intenciones». Cualquiera que haya vivido, como consultor o como cliente, un proyecto de consultoría sabe de sobra que hay innumerables incertidumbres que se van resolviendo una vez iniciado el proyecto, que «hasta el rabo todo es toro» y que rara vez un proyecto, a su finalización, se parece demasiado a lo que figuraba en la propuesta (en tiempos, en plazos, en dedicación, en metodología, en equipo…). Pretender acotar todas las posibilidades a priori y plasmarlas en un documento es ridículo.
Y en cuanto a las CGC… pues más de lo mismo. Siempre me parecieron una tontería, porque la relación cliente-consultor es enormemente dinámica y es difícil que se ajuste a un clausulado determinado. Y si alguien se salta esas cláusulas… ¿qué vas a hacer? ¿ir a donde el cliente y decir «oye, que estás incumpliendo el punto 5.1.a.ii de las CGC»? En general, se da un «toma y daca» con los incumplimientos. Sólo si el perjuicio causado es muy grande, el perjudicado podría ir a juicio en defensa de sus intereses. Pero muy grande tiene que ser el perjuicio para que alguien se meta en un pleito… así que al final, papel mojado.
Por no hablar del hecho de que yo me ponía en la piel del cliente, me llega un consultor y me dice que firme eso… y le digo que espere un momentito. Que de momento, lo va a revisar mi departamento jurídico. Y apuesto sobre seguro a que mi departamento jurídico me dice que esas condiciones de contratación se las pasa por el forro, y que en vez de eso va a ser el consultor el que firme éstas otras… y que va a hacer el consultor, ¿perder el proyecto porque el cliente no le firma las CGC?
Pero lo que más me echaba para atrás de las CGC era la sensación de que abordabas a los clientes diciéndoles «eh, tío, eres potencialmente sospechoso de ser un piratilla que me la va a jugar a la que me descuide, así que ya me estás firmando estos papeles o no me digno a trabajar para ti». Lo cual, como estrategia de venta la veo un poco dudosa…
Hala, toma chapa sobre las míticas Condiciones Generales de Contratación. La memoria, que tiene estas cosas tan raras.

Fotos de las Fiestas de Aranda de Duero 2007

Fiestas de Aranda
Este domingo se puso el cierre a las fiestas patronales de Aranda de Duero en honor de la Virgen de las Viñas, las primeras que vivimos desde que nos mudamos aquí. Muchas actividades y algo intermedio entre las «fiestas de pueblo» y las fiestas de una gran ciudad. Vamos, que un equilibrio muy agradable.
Como me apunté al Maratón Fotográfico organizado con motivo de las fiestas, he estado por ahí cámara en ristre sacando fotos, intentando sacar alguna buena. Todavía tengo que seleccionar qué seis presentaré, pero de momento he colgado un set completo en Flickr sobre las fiestas de Aranda.

Cagarla en público

Decepción pública
Son las imágenes de la decepción. España perdió por un punto, en los últimos segundos, la final del Eurobasket ante Rusia. Una lástima, sobre todo por las expectativas que todos teníamos, pero «el fútbol es así» y en el deporte se gana y se pierde.
Todo se ha dicho ya sobre este partido, sobre la selección… pero a mí hay un apunte que me gustaría rescatar. Y son las imágenes de tremenda decepción entre los jugadores españoles al terminar el partido. La habían cagado, y lo sabían. Tan cerca que pudieron tocarlo con los dedos, y se lo dejaron escapar. Por errores propios, además. En esos momentos imagino que sólo tenían ganas de meterse en el vestuario a rumiar la derrota. Y sin embargo… ahí se quedaron. En la pista. Rodeados de gente. Rodeados de cámaras. Rodeados de micrófonos. Sabiendo que sus imágenes daban la vuelta al mundo. Y me dieron mucha pena…
Todos la cagamos a diario. En nuestro trabajo, en nuestra vida personal… hay días, momentos, en los que las cosas no salen como queremos. Y en esos momentos, lo que queremos es que nos trague la tierra, retirarnos apesadumbrados a un rincón, no hablar con nadie y que nadie nos hable. Lamernos las heridas, que es uno de los actos más íntimos y para los que más necesaria es la privacidad.
¿Os imagináis si, cuando tenemos uno de esos momentos, nos viniesen a enfocar con cámaras, a meternos la alcachofa en el morro, tuviésemos que atender a la prensa? ¿Os imagináis que al día siguiente nuestra cara de decepción y de amargura saliese en portada de todos los medios?
Si, ya sé, son profesionales, ganan mucha pasta, se benefician del cariño del público en las maduras y tienen que poner la cara en las duras. Pero no dejan de ser personas… y pasar un mal trago en la plaza pública, a la vista de todos, debe ser bastante difícil.

Hacer algo que te guste

Aplicable a muchos aspectos de la vida, no sólo a las inversiones y la independencia financiera.

No importa la rentabilidad teórica de una inversión, si no te gusta, lo harás con desgana y lo harás mal. Tienes que encontrar algo que te guste hacer. Si no disfrutas del camino a la independencia financiera, es muy complicado que lo recorras.

Jaizki «Richdad» Arteagabeitia

Curso de ética periodística para El País

Cuatro en El País

Cada día me generan más rechazo los medios de comunicación. Por parciales y partidistas. Porque dan la información que a ellos les interesa y como les interesa. No la que nos interesa a nosotros o como nos interesa a nosotros. Cada vez más, cuando veo la tele o leo un periódico u oigo la radio pienso… «¿Pero qué me narras?» Se les ve tanto el plumero…
Para muestra, un botón. El País publica hoy una noticia «La nueva temporada de Cuatro arranca con grandes sorpresas«. Y va uno y lee el interior… continúan Las Mañanas de Cuatro (igual que la temporada anterior), Channel Nº4 (igual que la temporada anterior), Noche Hache (igual que la temporada anterior). Los informativos siguen igual, con la diferencia de adelantarse media hora. ¿Los presentadores? Iñaki Gabilondo, Manu Carreño, Manolo Lama (los mismos de la temporada anterior). Vayamos a las series: nuevos capítulos de Las Vegas, Crossing Jordan, The Closer, House y Anatomía de Grey (mismas series que la temporada anterior). Otros programas: Callejeros (igual que la temporada anterior), Supermodelos 2007 (básicamente igual que Supermodelos 2006), Cuarto Milenio (igual que la temporada anterior).
¿Novedades? Una serie americana (KyleXY) y dos de producción nacional (Gominolas y Cuestión de Sexo). Esas son las «grandes sorpresas» con las que arranca una temporada en Cuatro que, por lo demás, es CALCADA de la temporada anterior. Pero oye, para El País (miembro de la misma empresa) es un notición, poco menos que revolucionario, estrenar 3 series.
Por dios, es que es tan burdo, tan lamentable… y esto es una muestra nada más, de cosas que pasan todos los días en todos los medios de comunicación de todas las tendencias existentes. Que nos toman por tontos.

VideoViajero, viajes y videos en un blog

Videoviajero

Y un nuevo proyecto, esta vez de corte personal. Se llama VideoViajero y es el nuevo integrante de «mi red de blogs» (que ni es una red ni es ná, pero al final me junto con 3 o 4 cosas… ). La idea es sencilla: son millones los turistas que cada año van a visitar distintos sitios, y a día de hoy el porcentaje que lo hace con una cámara de video en la mano es muy elevado. La mayoría de ellos, cuando vuelven a casa, enseñan ese video a sus amigos y familiares, y lo guardan en algún cajón. Pero poco a poco va creciendo el número de personas que deciden colgar sus videos en internet para que otros los podamos ver.
Así que el objetivo de VideoViajero es recopilar esos videos, tratando de separar el grano de la paja, y ofrecer así un muestrario de lo que se puede ver por el mundo a través de las cámaras de otros.
Además, mi idea es complementar los videos con enlaces relevantes y, gracias a Tagzania, con la geolocalización de los espacios mostrados en los videos (tanto puntos concretos como rutas) de forma que ayude a quien quiera emular lo que salga en el video.
De momento, claro, hay poquito. Salamanca, Bilbao, Madrid y Aranda de Duero, los sitios donde he vivido, los más fáciles de cribar a priori. Pero espero ir añadiendo contenido poco a poco, y con la ayuda de los lectores ir seleccionando buenos videos.

Circula Seguro, otro blog a la buchaca

Circula Seguro

Bueno, para esos que se piensan que siempre estoy de vacaciones… 🙂
Hoy hemos dado luz verde al nuevo proyecto de WSL Empresas, «mi» negociado dentro de Weblogs SL. Se trata de «Circula Seguro«, un blog sobre seguridad vial impulsado por Michelin y la Fundación Mapfre.
Comenzamos a fraguar este proyecto allá por mayo, cuando Miguel Ángel Gatón nos empezó a contar su visión del proyecto desde dentro de Michelin («miselán», que dicen los franceses). Lo empezamos a poner en marcha pero, al coincidir con el verano, decidimos posponer su lanzamiento hasta la llegada de septiembre.
Así que ahora, una vez ya hemos dado los últimos retoques, aquí está. La verdad es que el proceso de generación del blog hemos podido trabajar muy agusto. Siempre digo que cuando uno trabaja con alguien que sabe de lo que estamos hablando y que es el primer interesado en el proyecto, las cosas van fáciles. Y son dos requisitos que no siempre se cumplen en un proyecto.